Los municipios tienen poder para dictar normas jurídicas válidas y eficaces en el ámbito de su competencia. Esta potestad reglamentaria es una manifestación de su autonomía.
La aprobación de los reglamentos, estatutos y ordenanzas locales corresponde al Pleno del Ayuntamiento.
Los reglamentos establecen la organización y funcionamiento de los órganos y servicios municipales. Los estatutos regulan la organización y funcionamiento de los organismos autónomos locales.
Las ordenanzas son las normas que regulan las actividades, derechos y deberes de los ciudadanos y sus relaciones con el Ayuntamiento.
Detalle de la fachada del Ayuntamiento.