La factura electrónica
El Ayuntamiento de Guadalajara se ha adherido al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado, denominado FACe.
Registros de facturas
Creados formalmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de junio de 2014, conforme a lo dispuesto por la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público. El registro de facturas, ya en funcionamiento desde el ejercicio de 2011, son gestionados por las unidades que tienen atribuida la función de contabilidad, en la actualidad el Órgano de gestión presupuestaria y contabilidad.
> Reglamento del Registro Contable de Facturas del Ayuntamiento de Guadalajara [2021 - texto consolidado]
En todo caso, y tal y como determina la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas, modificada por Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio, están obligados al uso de factura electrónica y a su presentación ante el FACe las entidades siguientes:
a. Sociedades anónimas.
b. Sociedades de responsabilidad limitada.
c. Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
d. Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establezca la normativa tributaria.
e. Uniones temporales de empresas.
f. Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de Inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de Garantía de Inversiones.
No obstante, el Ayuntamiento de Guadalajara excluye de esta obligación de facturación electrónica a las facturas emitidas por los proveedores del Ayuntamiento por los servicios en el exterior hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios.
Códigos de unidades administrativa
También por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de junio de 2014 se aprobaron las listas de códigos de órganos competentes en tramitación de facturas, según el directorio DIR3 de unidades administrativas, gestionado por la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas.
Referencias y enlaces