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Consulta - Ordenanza de autotaxis

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Consulta web pública previa a la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del Servicio de Auto-taxis de la ciudad de Guadalajara, publicada en el Boletin Oficial de la Provincia de 25 de junio de 1993. El plazo de consulta es de 15 días naturales: del 26 de marzo al 9 de abril de 2019.

El artículo 133 -participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos- de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

En el Diario Oficial de Castilla La Mancha núm. 59 de 23 de marzo de 2018 ha sido publicado el Decreto 12/2018, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Persona en Vehículos de Turismo. En consecuencia, la Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Auto-taxis de la ciudad de Guadalajara BOP Guadalajara de 25 de junio de 1993 ha de ser objeto de revisión y de adaptación a las disposiciones de dicho Decreto 12/2018.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación

La Disposición final segunda del Decreto 12/2018, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Persona en Vehículos de Turismo., Adaptación de las Ordenanzas municipales, establece que “las Ordenanzas municipales que actualmente regulan los servicios de transporte urbano en vehículos de turismo se adaptarán a lo dispuesto en el reglamento en el plazo de un año, a contar desde su entrada en vigor.”

En su Disposición final quinta, Entrada en vigor,establece que “el presente decreto entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha”.

c) Los objetivos de la norma

Actualizar el régimen de esta clase de servicios, adecuando su regulación a la nueva realidad jurídico-sociológica, guiados por criterios de claro contenido social y por el respeto, en último término, al interés general.

Se busca, en definitiva, conseguir una mejora efectiva en las condiciones de prestación del servicio que, por un lado, consiga mantener y aun incrementar los niveles de calidad en la atención dispensada a los usuarios y, por otro, favorezca a los profesionales del sector.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

La adaptación de las Ordenanzas municipales viene exigida por la Disposición final segunda del Decreto 12/2018, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Persona en Vehículos de Turismo.

A la vista de lo hasta aquí expuesto y por el plazo de 15 días naturales, a contar desde su publicación en la página web municipal y en el tablón de edictos electrónico de este Ayuntamiento, se activa este formulario desde el 26 de marzo al 9 de marzo de 2019 con el objetivo de recoger la opinión de la ciudadanía y de otros agentes u organizaciones sociales que pudieran verse afectados por la futura norma.
 

> Consulta cerrada

Información básica sobre protección de datos personales

Responsable: Ayuntamiento de Guadalajara. - Finalidad: Gestión administrativa. - Legitimación: Ejercicio de poderes públicos. - Destinatarios: No se comunicarán a terceros los datos personales, salvo obligación legal. - El ejercicio de los derechos de acceso, supresión, oposición y otros se explica en la información adicional publicada en la web de este Ayuntamiento: https://www.guadalajara.es/es/ayuntamiento/administracion/proteccion-de-datos-personales

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