- Ayuntamiento
- Normativa y Ordenanzas
- Elaboración de normas
- Consulta - Ordenanza de ayudas de emergencia
Consulta - Ordenanza de ayudas de emergencia
Comienza el contenido principal
Consulta web pública previa a la redacción de la Ordenanza municipal por la que se establecen las bases específicas de las ayudas de emergencia del Ayuntamiento de Guadalajara. El plazo de consulta es de 15 días naturales: desde el 18 de septiembre al 2 de octubre de 2019.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la norma
El artículo 26.1 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece como deber de los municipios con población superior a 20. 000 habitantes la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social. Con esta finalidad, el Ayuntamiento viene otorgando en los últimos años ayudas de emergencia social a las personas que así lo solicitan instruyendo el procedimiento regulado en la Ordenanza general de subvenciones públicas del Ayuntamiento de Guadalajara y sus organismos autónomos, y bases generales que se anexan a la misma, reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
El artículo 27 de la citada Ordenanza contempla el procedimiento de concesión directa de subvenciones municipales en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, y remite al artículo concordante del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las ayudas de emergencia social pueden otorgarse directamente con fundamento en estos artículos si concurren razones de interés público, social, económico o humanitario.
Por otra parte, el artículo 9.2 de la ley general de subvenciones obliga a que previamente al otorgamiento de subvenciones se aprueben las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión. Resulta, en definitiva, que la Ordenanza general municipal de subvenciones establece unas bases generales que rigen en las convocatorias públicas para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, pero no establece bases para los supuestos de concesión directa (sin concurrencia competitiva). Las ayudas de emergencia se otorgan en procedimientos con concurrencia, pero no competitiva, dado que se otorgan directamente y no les resultan de aplicación, por tanto, las bases generales. Por eso en cada convocatoria se incluyen unas bases específicas.
Hay que tener en cuenta que la naturaleza jurídica de las bases reguladoras de subvenciones (incluidas ayudas de emergencia) es la de ser una disposición de carácter general, un reglamento, y que los reglamentos tienen un procedimiento específico de elaboración y un órgano competente para su aprobación distinto al órgano que es competente para aprobar la convocatoria.
Por tanto, el problema que se pretende solucionar es el establecimiento de las bases de las ayudas de emergencia del Ayuntamiento de Guadalajara mediante el acto administrativo de aprobación de la convocatoria, y establecerlas correctamente mediante un reglamento elaborado y aprobado conforme al procedimiento de ejercicio de la potestad reglamentaria legalmente establecido.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación
La norma es necesaria para ajustar el establecimiento de las bases de las ayudas de emergencia a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico.
Es oportuna su aprobación en este momento para que las nuevas convocatorias que se puedan efectuar en el año 2020 tengan ya su régimen jurídico específico establecido por norma reglamentaria, dejando los detalles o particularidades para cada una de las convocatorias que se efectúen.
3. Objetivos de la norma
Establecer el régimen jurídico específico de las ayudas de emergencia para alcanzar una mayor eficacia en la tramitación de los expedientes; establecer las bases conforme al procedimiento previsto por ordenamiento jurídico para el ejercicio de la potestad reglamentaria.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
La única solución posible para regular las bases de las ayudas de emergencia como disposición de carácter general es instruir el procedimiento que detalla la ley para el ejercicio de la potestad reglamentaria.
> Consulta cerrada
Información básica sobre protección de datos personales
Responsable: Ayuntamiento de Guadalajara. - Finalidad: Gestión administrativa. - Legitimación: Ejercicio de poderes públicos. - Destinatarios: No se comunicarán a terceros los datos personales, salvo obligación legal. - El ejercicio de los derechos de acceso, supresión, oposición y otros se explica en la información adicional publicada en la web de este Ayuntamiento: https://www.guadalajara.es/es/ayuntamiento/administracion/proteccion-de-datos-personales
Fin del contenido principal