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Consulta - Ordenanza de transformación de locales

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De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de la Ordenanza reguladora de la transformación de locales comerciales en vivienda, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectos por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

a) Problemas que se pretenden solucionar:

La actual regulación de la transformación de locales a vivienda está integrada por una adicción al artículo 63 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana que se aprobó en el Ayuntamiento en el año 2004, mediante la tramitación del procedimiento previsto en el artículo 49 de la Ley de Bases de Régimen Local, es decir el de las Ordenanzas locales.

Dicha regulación es deficiente, no sólo por la escasez de sus preceptos sino porque incorpora requisitos, como es la autorización de la comunidad de propietarios ajenas al ámbito urbanístico, que hacen depender una autorización administrativa relativa al uso del inmueble, es decir de naturaleza estrictamente urbanística, de una decisión de carácter civil.

Es necesario además regular las condiciones urbanísticas necesarias para garantizar que el resultado de dicha transformación sean viviendas dignas, y que la actual necesidad de vivienda asequible no provoque la destrucción del comercio local, que debe seguir disponiendo de espacios adecuados para su implantación y desarrollo.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Como consecuencia del encarecimiento de la vivienda se han incrementado considerablemente el número de solicitudes de transformación de locales a vivienda por lo que es necesario realizar en la actualidad su regulación.

c) Objetivos de la norma:

Actualización de la normativa municipal aplicable a la transformación de locales comerciales en vivienda regulando las condiciones de las nuevas viviendas, tal y como se está realizando en otros muchos municipios.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No cabe otra solución que la regulación normativa de la materia, de competencia municipal, conforme a las disposiciones legales aplicables.

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