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Consulta - Reglamento de la Biblioteca Suárez de P

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I.- INTRODUCCIÓN

Según lo dispuesto en el artículo 133.3 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento de Guadalajara, desde su Concejalía de Cultura, y a propuesta de Alcaldía, realiza esta consulta pública para que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones debidamente identificados que así lo consideren, puedan presentar sugerencias o alegaciones entorno a:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

La Ley 3/2011, de 24 de febrero, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha, define las bibliotecas públicas como Instituciones donde se reúnen, conservan y difunden materiales en cualquier tipo de soporte documental, ofreciendo servicios de consulta, préstamo y acceso a todo tipo de información, en cualquier tipo de medio físico o virtual, con finalidades educativas, de investigación, de información, de ocio y cultura. Del mismo modo, promueve actividades de fomento de la lectura, instruye en habilidades en el uso de la información y da soporte a la cultura en general.

La Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha es, por su parte, el conjunto organizado y coordinado de órganos, centros y servicios bibliotecarios de titularidad pública y uso público general, cuya misión es ofrecer servicios bibliotecarios públicos homogéneos y de calidad a toda la ciudadanía de Castilla-La Mancha. Forman parte de la misma, entre otros centros, las bibliotecas públicas de titularidad municipal que cumplan con los requisitos técnicos establecidos para pertenecer a la misma.

La integración en la Red de nuestra biblioteca municipal implica, entre otros efectos, la necesaria adaptación del funcionamiento de la biblioteca a las disposiciones reglamentarias generales aprobadas para el conjunto de la Red, siendo la más importante de todas ellas el Reglamento Básico de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha cuya aprobación se realizó mediante el Decreto 33/2018, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento básico de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha (DOCM nº 129, de 3 de julio).

II.- PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR CON LA INICIATIVA NORMATIVA

La Biblioteca Pública Municipal de Guadalajara pone a disposición de su comunidad las presentes Normas con el fin de garantizar su funcionamiento adecuado como servicio público, informativo, formativo, y cultural, accesible y de calidad para toda la población. Con esta referencia la ciudadanía podrá conocer, no sólo los detalles de la prestación de nuestros servicios, sino también cuáles son sus derechos y deberes como persona usuaria de la biblioteca, las normas que asume cumplir desde el momento en que utiliza cualquiera de nuestros servicios y qué puede esperar de la normal prestación de los mismos.

Por su naturaleza de documento público, estará siempre disponible para quien lo quiera consultar, tanto en los mostradores de atención al público de la Biblioteca, como en la página web del Ayuntamiento.

Se pretende por tanto, dar cumplimiento al mandato normativo y proporcionar a la ciudadanía un documento en el que se expresen los servicios y normativa de la biblioteca.

 

III.- NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN

La elaboración y aprobación del reglamento o normas de funcionamiento interno de la biblioteca son necesarias para cumplir con la exigencia normativa al estar la biblioteca municipal incorporada a la Red de Bibliotecas de Castilla-La Mancha y para disponer de un marco que proporcione información a usuarias y usuarios potenciales y reales.

IV.- OBJETIVOS DE LA NORMA

La consulta pública que aquí se plantea tiene por objeto establecer las líneas básicas que servirán de guía para la elaboración del Reglamento de Funcionamiento de la biblioteca pública municipal de Guadalajara, con los siguientes objetivos:

1. La adaptación del funcionamiento de la biblioteca a las disposiciones reglamentarias generales aprobadas para el conjunto de la Red, siendo la más importante de todas ellas el Reglamento Básico de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha cuya aprobación se realizó mediante el Decreto 33/2018, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento básico de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha (DOCM nº 129, de 3 de julio).

2. Que la ciudadanía pueda conocer, no sólo los detalles de la prestación de nuestros servicios, sino también cuáles son sus derechos y deberes como persona usuaria de la biblioteca, las normas que asume cumplir desde el momento en que utiliza cualquiera de nuestros servicios y qué puede esperar de la normal prestación de los mismos.

3. Determinar las funciones, ámbito de aplicación, principios y valores, horario y datos de contacto, uso de espacio y fondos y resto de servicios.

V.- POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS REGULATORIAS Y NO REGULATORIAS

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de 15 días naturales que empieza el 8 de junio de 2022 y termina el 22 de junio de 2022.

> Consulta cerrada

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informamos a los usuarios que el responsable del tratamiento de sus datos personales es el Ayuntamiento de Guadalajara (sito en la Calle Mayor, nº 7 19001 Guadalajara, y dirección de correo electrónico de contacto: dpd@aytoguadalajara.es. Los datos personales contenidos en el presente formulario son recogidos bajo el consentimiento del interesado y serán objeto de tratamiento para la realización de estudios y propuestas de la Concejalía que se lo envía e incorporados al Sistema de Información del Ayuntamiento de Guadalajara. Estos datos recabados serán tratados con la finalidad de conocer sus opiniones de mejoras y prioridades en este Ayuntamiento. Los datos proporcionados se conservarán mientras resulten necesarios hasta que usted ejerza su derecho de acceso rectificación, supresión y portabilidad. Asimismo, en determinadas circunstancias los usuarios tendrán derecho a solicitar la limitación u oposición del tratamiento de sus datos en cuyo caso el Responsable cesará en su tratamiento y únicamente conservará losmismos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. El ejercicio de los citados derechos podrá hacerse mediante solicitud dirigida por escrito al Responsable a través de los datos de contacto indicados en el primer párrafo, en los términos que  suscribe la legislación vigente. Asimismo, en cualquier momento podrá ejercitar sus derechos ante la Agencia Española de Protección de datos a través de los formularios que ésta entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles a través de su página web, https://sedeagpd.gob.es

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