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Consejo Social y de Sostenibilidad

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De conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local, el Ayuntamiento de Guadalajara creó el Consejo Social y de Sostenibilidad de la Ciudad de Guadalajara, dependiente directamente de la persona que ostente la Alcaldía, y que se regirá por la mencionada Ley y por lo dispuesto en el Reglamento de Participación Ciudadana.

Funciones del Consejo

  • Emisión de informes o propuestas sobre el desarrollo social, cultural, económico y ambiental de la ciudad, a requerimiento de los distintos órganos municipales.
  • Emisión de informes, estudios y propuestas en materia de planificación estratégica de la ciudad y grandes proyectos urbanos, a requerimiento de los distintos órganos municipales.
  • Promover la participación ciudadana y la mejora de la calidad de la democracia local en el desarrollo sostenible.
  • Regular su propio régimen de organización y funcionamiento.
  • Cualesquiera otras funciones que determine el Pleno municipal mediante normas orgánicas. 

Composición del Consejo

  • La persona que ostente la Alcaldía, que actuará como Presidente.
  • Los ex alcaldes y ex alcaldesas de la ciudad de la etapa democrática, que serán consejeros natos.
  • Los concejales/as cuyas áreas de actuación (o cuya delegación) guarden relación con las funciones que el presente Reglamento atribuye al Consejo Social y de Sostenibilidad, en número no superior a cuatro. 
  • Cinco representantes de reconocido prestigio personal y profesional, nombrados por el Pleno proporcionalmente a la representación de cada Grupo Municipal en la Corporación.
  • Un Consejero/a en representación de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha.
  • Consejeros/as en representación y a propuesta de cada una de las siguientes organizaciones:
    • Los representantes de las organizaciones sindicales más representativas (UGT y CCOO).
    • Un representante a propuesta de la COPEG.
    • Un representante de la Cámara de Comercio e Industria de Guadalajara.
    • Un representante de la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos/as.
    • Un representante de la Universidad de Alcalá de Henares.
    • Un representante de los colegios profesionales de la ciudad, elegido por los presidentes de los Colegios profesionales relacionados con la planificación estratégica (Colegio de Arquitectos, de Ingenieros, de Abogados, etc.).
    • Una representante de las Asociaciones de Mujeres de la ciudad.
    • Un representante de la Federación Provincial de Jubilados.
    • Un representante a propuesta del Consejo Local de la Juventud.
    • Un representante por parte de cada Grupo Político.
    • Un representante de los Grupos Ecologistas o Medioambientales.
    • Un representante a propuesta de la Coordinadora de ONGS de Guadalajara.
    • Un representante de cada uno de los Consejos de Barrio.
    • Una persona en representación de la UNED.
    • Una persona en representación del Consejo de Infancia y Adolescencia.
    • Una persona en representación de la Federación de Asociaciones Culturales.
    • Una persona en representación de los clubes deportivos.

Normas de referencia

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