Comienza el contenido principal
Bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol [MOD 1155]
Ficha de procedimiento
Este trámite permite solicitar la bonificación de la cuota íntegra del impuesto sobre bienes inmuebles a favor de aquellos sujetos pasivos, para los inmuebles en los que se instalen sistemas de aprovechamiento térmico.
Requisitos
- Solicitud [MOD 1155]
- Documentación que acredite la correcta identificación de los inmuebles.
- Factura detallada de la instalación.
- Para los inmuebles en los que se hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico, certificado de realización de la instalación por un instalador o empresa autorizada
- Para inmuebles en los que se hayan instalado sistemas de energía solar fotovoltaicos, certificado registrado de realización de la instalación por un instalador o empresa autorizada.
- Justificante de ingreso de la tasa de otorgamiento de la licencia de obras e Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras que se hayan tramitado.
- Para los inmuebles sujetos al régimen de la propiedad horizontal, la solicitud deberá presentarse por el/la representante de la comunidad de propietarios.
Tramitación presencial
- La tramitación presencial del modelo de solicitud MOD 1155 debe realizarse en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara. En concreto:
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio municipal en Plaza Mayor núm 1, planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949887070
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio del Centro Municipal Integrado (CMI), en Avenida del Vado núm 15 planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949010333
Horario: de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas
Para la asistencia presencial siempre se deberá acudir con cita previa - Recuerde que deberá presentar los documentos requeridos.
- También podrá presentar esta solicitud en las oficinas o registros contemplados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tramitación electrónica
- Cumplimente esta solicitud en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara
- Recuerde, para llevar a cabo esta tramitación electrónica necesita identificarse mediante su DNI electrónico u otro clase de certificado digital.
Normas de referencia
- Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (> Ordenanzas fiscales vigentes)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Contacto
Contacto
Oficina Tributaria
Oficina Tributaria
Dirección
Doctor Mayoral 1
19001
Doctor Mayoral 1
19001
Correo
gestiontributaria@aytoguadalajara.es
gestiontributaria@aytoguadalajara.es
Teléfonos
949 887 083 / 949 887 076
949 887 083 / 949 887 076
Horarios
9.00 a 14.00 horas
9.00 a 14.00 horas
Fin del contenido principal