Comienza el contenido principal
Declaración responsable para apertura de actividades con o sin obras [MOD 1090]
Ficha de procedimiento
Se emplea este procedimiento para facilitar la apertura de establecimientos cuyas actividades, por su escasa incidencia en el normal desarrollo de la convivencia ciudadana, en el medio ambiente o la salud pública, no necesitan solicitar licencia previa.
Deberán de ajustarse a este procedimiento las Aperturas de Establecimientos a que se refiere la Ley 1/2013, de 21 de marzo, de medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística en Castilla-La Mancha (art. 2 y Anexo), relativos a actividades comerciales minoristas y a la prestación de determinados servicios, exceptuándose los que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público; y la Ley 7/2011 de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimiento Públicos de Castilla-La Mancha.
Requisitos
Se presentará firmada la Declaración responsable (modelo 1090), junto con la documentación y certificados que en las instrucciones se relacionan.
- Declaración responsable (modelo 1090)
- Autoliquidación de la tasa de apertura de establecimientos (modelo 383)
- Autoliquidación de la tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas (modelo 308)
- Autoliquidación del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (modelo 376)
En el caso de que la apertura requiera la realización de obras:
Declaración responsable para la realización de obras y apertura de establecimientos de actividades y servicios de la Ley 1/2013
Deberán de ajustarse a dicho procedimiento las obras ligadas al acondicionamiento de local comercial siempre que no requiera la redacción de proyecto técnico de obra de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en otro caso, deberá declararse estar en posesión del correspondiente proyecto, firmado por técnico competente de acuerdo con la normativa vigente, debiendo, previa a la ejecución de las citadas obras, solicitar y obtener la correspondiente licencia urbanística) y la apertura de establecimientos a que se refiere el apartado anterior (Ley 1/2013, de 21 de marzo, de medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística en Castilla-La Mancha (art. 2 y Anexo).
Tramitación presencial
- La tramitación presencial del modelo MOD 1090 debe realizarse en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara. En concreto:
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio municipal en Plaza Mayor núm 1, planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949887070
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio del Centro Municipal Integrado (CMI), en Avenida del Vado núm 15 planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949010333
Horario: de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas
Para la asistencia presencial siempre se deberá acudir con cita previa - Recuerde que deberá presentar los documentos requeridos.
- También podrá presentar esta solicitud en las oficinas o registros contemplados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tramitación electrónica
- Cumplimente esta solicitud en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara.
- Recuerde, para llevar a cabo esta tramitación electrónica necesita identificarse mediante su DNI electrónico u otra clase de certificado digital.
- Adjunte a su solicitud electrónica los documentos requeridos.
Normas de Referencia
- Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanistica
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
- Ley 1/2013, de 21 de marzo, de medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística en Castilla-La Mancha (art. 2 y Anexo),
- Art. 84, 84 bis y 84 ter, de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por el art. 1.2 de la Ley 25/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
- Art. 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/2011 de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.
- Art. 6 del Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística aprobado por Decreto 34/2011, de 26/04/2011.
- Ordenanzas fiscales
Procedimientos relacionados
Otros enlaces
- Autoliquidación de la tasa por tramitación de expedientes de apertura
- Autoliquidación de la tasa por concesión de licencias urbanísticas
- Autoliquidación del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
Contacto
Obras y Urbanismo - Unidad de Gestión de Apertura de Establecimientos
Plaza Mayor 6
19001
949 887 051
09:00 a 14:00 horas
Fin del contenido principal