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Inscripción en el Censo Municipal de Animales Domésticos [MOD 1064]
Ficha de procedimiento
En materia de identificación animal, ya no es obligatorio censar al animal en el censo municipal donde viva habitualmente el animal, con la nueva nueva regulación (Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-LaMancha) existirá un único Registro gestionado por el Consejo de Colegios Profesionales de Veterinarios de Castilla-La Mancha.
Sin embargo, los perros calificados como potencialmente peligrosos, si deberñán solicitar la inscripción en el Censo Municipal, obligatoriamente.
Requisitos
- Solicitud [modelo 1064]
- Cartilla veterinaria o pasaporte del animal en la que figuren los datos siguientes: Chip del animal /Vacunas
- Justificante del pago de la autoliquidación de la tasa (modelo de autoliquidación 382).
- DNI/NIE del propietario.
- Licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos (modelo de solicitud 1048)
- Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por la cuantía mínima que reglamentariamente se determine y del último recibo del pago de este seguro
Tramitación presencial
- La tramitación presencial del modelo de solicitud MOD 1064 debe realizarse en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara. En concreto:
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio municipal en Plaza Mayor núm 1, planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949887070
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio del Centro Municipal Integrado (CMI), en Avenida del Vado núm 15 planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949010333
Horario: de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas
Para la asistencia presencial siempre se deberá acudir con cita previa - Recuerde que deberá presentar los documentos requeridos.
- También podrá presentar esta solicitud en las oficinas o registros contemplados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tramitación electrónica
- Cumplimente esta solicitud en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara.
- Recuerde, para llevar a cabo esta tramitación electrónica necesita identificarse mediante su DNI electrónico u otra clase de certificado digital.
- Adjunte a su solicitud electrónica los documentos requeridos.
Instrucciones
Los titulares de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos en el término municipal de Guadalajara y barrios anexionados de Iriepal, Taracena, Usanos y Valdenoches, cuando adquieran un animal considerado potencialmente peligroso, siempre en fecha posterior a la de la obtención de la licencia, están obligados a inscribirlo en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, dentro de los quince días siguientes a la fecha de adquisición y a cumplir con todos los requisitos que legal o reglamentariamente se les exijan.
Debido a que el Ayuntamiento de Guadalajara tiene conveniado con el Colegio de Oficial de Veterinario de Guadalajara la posibilildad de acceder, con sujeción a lo establecido en la normativa sobre Protección de Datos de Carácter Personal, a los correspondientes Registros Municipales de Animales Domésticos, los propietarios o poseedores de los perros y gatos quedarán exentos de la obligación de censar a sus animales en el correspondiente Registro Municipal, a excepción de los propietarios de animales Potencialmente Peligrosos, que si deberán de inscribirlos en el Registro Municipal.
Normas de referencia
- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (en vigor desde 2023-09-29)
- Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-LaMancha.
- Decreto 126/1992, de 28/07/1992, Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 7/90, de 28 de diciembre, de protección de los animales domésticos.
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Orden de 28 de julio de 2004, de la Consejería de Agricultura por la que se regula la identificación de los animales de compañía de Castilla-La Mancha y se crea el Registro de animales de compañía
- Ordenanzas fiscales: ordenanza fiscal reguladora de la tasa por actividades y servicios relacionados con el control animal (modificada en 2014).
- Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales (BOP 2022-04-21) (entrada en vigor 2022-05-16)
Procedimientos relacionados
Contacto
Oficina del Censo de Animales Domésticos
Avenida del Vado 15 (CMI)
19005
949 010 348
9,00 a 14,00 horas
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