Comienza el contenido principal
Licencia o renovación administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos [MOD 1048]
Ficha de procedimiento
Todos los propietarios de animales clasificados como potencialmente peligrosos deben estar en posesión de una licencia administrativa.
Sólo se emitirán las licencias para la tenencia de animales potencialmente peligrosos a las personas residentes en Guadalajara y Barrios anexionados.
Requisitos
- Ser mayor de edad y presentar el DNI.
- No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Este requisito se acreditará mediante certificado negativo expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia (original o fotocopia compulsada).
- Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Estos requisitos se acreditarán mediante certificados expedidos, una vez superadas las pruebas necesarias, por centros de reconocimiento debidamente autorizados, en este caso, los mismos centros que verifican las condiciones de los conductores de vehículos (original o fotocopia compulsada).
- Justificante del pago (8,39 euros) de la tasa (modelo de autoliquidación 382).
- En el caso de renovación de licencia deberá aportar, además de todos los documentos anteriores, seguro de responsabilidad civil del animal por daños a terceros, por la cuantía mínima que reglamentariamente se determine y fotocopia del último recibo del pago de este Seguro.
Tramitación presencial
- La tramitación presencial del modelo de solicitud MOD 1048 debe realizarse en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara. En concreto:
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio municipal en Plaza Mayor núm 1, planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949887070
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio del Centro Municipal Integrado (CMI), en Avenida del Vado núm 15 planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949010333
Horario: de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas
Para la asistencia presencial siempre se deberá acudir con cita previa - Recuerde que deberá presentar los documentos requeridos.
- También podrá presentar esta solicitud en las oficinas o registros contemplados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tramitación electrónica
- Cumplimente esta splicitud en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara
- Recuerde, para llevar a cabo esta tramitación electrónica necesita identificarse mediante su DNI electrónico u otra clase de certificado digital.
- Adjunte a su solicitud electrónica los documentos requeridos.
Razas caninas consideradas potencialmente peligrosas
Según el anexo I del Real Decreto 287/2002 : Pit bull terrier - Staffordshire bull terrier - American Staffordshire terrier - Rottweiler - Dogo argentino - Fila brasileiro - Tosa inu - Akita inu.
El anexo II del Real Decreto 287/2002 identifica las características del animal potencialmente peligroso.
Impuestos y tasas
La tasa por concesión de licencias administrativas para la tenencia de animales potencialmente peligrosos se exigirá en régimen de autoliquidación, debiendo el interesado, en el momento de presentar la solicitud acreditar el ingreso del importe.
Normas de referencia
- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales
- Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-LaMancha
- Decreto 126/1992, de 28/07/1992, Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 7/90, de 28 de diciembre, de protección de los animales domésticos.
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Orden de 28 de julio de 2004, de la Consejería de Agricultura por la que se regula la identificación de los animales de compañía de Castilla-La Mancha y se crea el Registro de animales de compañía
- Ordenanzas fiscales: ordenanza fiscal reguladora de la tasa por actividades y servicios relacionados con el control animal (modificada en 2014).
- Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales (BOP 2022-04-21) (entrada en vigor 2022-05-16)
Procedimientos relacionados
Contacto
Oficina del Censo de Animales Domésticos
Avenida del Vado 15 (CMI)
19005
949 010 348
9,00 a 14,00 horas
Fin del contenido principal