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Renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente [MOD 1002 y MOD 1049]

Ficha de procedimiento

Los Ayuntamientos acordarán la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años. Las renovaciones se realizarán mediante la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón, incluyendo una declaración de continuar viviendo en el municipio y en el domicilio en que figuren empadronados y su voluntad de renovar la inscripción.

Los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente solicitarán la renovación de su inscripción padronal en los tres meses anteriores a que se cumpla la fecha de caducidad (dos años desde su fecha de alta en el Padrón o desde la fecha de la última renovación expresa), se exige un acto expreso mediante el cual el ciudadano, o su representante, manifieste su voluntad expresa de renovar la inscripción.

La renovación de los menores de edad se realizará por los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, por sus representantes legales.

Requisitos

  • Solicitud de renovación de inscripción padronal.
  • Documento identificativo del solicitante: NIE, tarjeta de residencia, pasaporte en vigor.
  • En el caso de menores, deberá presentar el libro de familia o la partida de nacimiento y el documento identificativo del menor.

En el caso de renovaciones presentadas por representante:

  • Acreditación de representación.
  • Documento identificativo del representante.

Sólo Tramitación Presencial

  • La tramitación presencial debe realizarse en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara. En concreto:
    - Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio municipal en Plaza Mayor núm 1, planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949887070
    - Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio del Centro Municipal Integrado (CMI), en Avenida del Vado núm 15 planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949010333
    Horario: de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas
    Para la asistencia presencial siempre se deberá acudir con cita previa
  • Recuerde que deberá presentar los documentos requeridos.
  • También podrá presentar esta solicitud en las oficinas o registros contemplados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normas de referencia

> Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

> Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

> Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Contacto

Contacto
Padrón de habitantes
Dirección
Plaza Mayor 1 / Avenida del Vado 15 (CMI)
Teléfonos
949 887 070
Horarios
De lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas (oficinas de la plaza Mayor 1 y avenida del Vado 15).
Notas
Para obtener una cita puede llamar al teléfono 949 887 070 / Cita previa on line: https://www.guadalajara.es/es/servicio-de-cita-previa-online.html

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