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Subvenciones de la Concejalía de Bienestar Social: organizaciones de Acción Social / Entidades sin ánimo de lucro [MOD 1144-1]
Ficha de procedimiento
Es objeto de la convocatoria regular la concesión de ayudas destinadas a Organizaciones No Gubernamentales/Entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, para la realización de aquellas actividades que constituyen el contenido principal de los programas destinados a la consecución de logros y objetivos de naturaleza social.
Plazo de presentación de solicitudes: del 8 de Junio al 29 de Junio de 2022
Requisitos
- Estatutos de las Organizaciones No Gubernamentales/Entidades sin ánimo de lucro si no se hubieran presentado en ejercicios anteriores, o éstos hubieran sufrido alguna modificación.
- Programa o proyecto de actividades a desarrollar.
- Documentos que acrediten la inscripción en los Registros oficiales que procedan (sólo en el caso de ser la primera vez que solicita subvención).
- Modelo 1028 de solicitud de apertura o modificación de ficha de tercero (sólo en el caso de ser la primera vez que solicita subvención)
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Guadalajara.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Guadalajara.
- No podrán recibir subvención con cargo a la presente Convocatoria aquellas Asociaciones que, habiendo recibido ayuda con anterioridad, no hayan procedido a su justificación, o ésta no haya sido aprobada y no se haya procedido a su reintegro de acuerdo con las normas reguladoras de la Convocatoria que corresponda.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Demostrar su capacidad técnica y de recursos para llevar a cabo los programas y proyectos que van a ejecutar.
Tramitación electrónica de las solicitudes de subvención
- Cumplimente esta solicitud en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara.
- Recuerde, para llevar a cabo esta tramitación electrónica necesita identificarse mediante su DNI electrónico u otra clase de certificado digital.
- Adjunte a su solicitud electrónica los documentos requeridos.
Normas de referencia
- De forma previa al inicio de la tramitación se recomienda la lectura atenta de la convocatoria.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza general de subvenciones públicas del Ayuntamiento de Guadalajara y sus organismos autónomos.
- ** Se recuerda a los interesados de esta convocatoria son sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, por lo que este trámite únicamente se podrá llevar a cabo a través de la sede electrónica y con este trámite, no siendo válidas las Instancias Generales o cualesquier otro genérico
Contacto
Contacto
Bienestar Social (Centro Municipal Integrado)
Bienestar Social (Centro Municipal Integrado)
Dirección
Avenida del Vado 15
19005
Avenida del Vado 15
19005
Teléfonos
949 010 333
949 010 333
Horarios
De 9:00 a 14:00 horas
De 9:00 a 14:00 horas
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