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Tarjetas de armas de cuarta categoría [MOD 1058]
Ficha de procedimiento
Solicitud de tarjeta para uso y tenencia de armas de 4ª categoría que comprende:
- Tarjeta de armas tipo A: Carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire o gas comprimido no asimiladas a escopetas y armas de uso lúdico–deportivo cuyo sistema de disparo es automático. (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012 de 27 de diciembre).
-- Validez: 5 años - Limitada al término municipal de Guadalajara.
-- Máximo de armas que se pueden registrar: 6.
- Tarjeta de armas tipo B: Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire o gas comprimido no asimiladas a escopetas.
-- Validez: permanente - Limitada al término municipal de Guadalajara.
Requisitos
- Solicitud de tarjeta de armas (modelo de formulario 1058).
- Documento Nacional de Identidad, NIF, NIE o pasaporte de la persona solicitante.
- Impresos de tarjetas de armas: facilitadas en el establecimiento vendedor.
- Autoliquidación de la tasa por expedición de documentos (modelo 390).
- Documento de justificación de inexistencia de antecedentes penales.
- Factura, albarán o contrato de compraventa que acredite la propiedad y características del arma indicándose expresamente, marca, modelo, tipo, categoría, calibre y núm. de serie (en caso de renovación, sólo fotocopia de la tarjeta anterior).
- En el supuesto de que el solicitante sea un/a menor: autorización de la persona o personas que ostenten la patria potestad o tutela.
Tramitación presencial
- La tramitación presencial del modelo de solicitud MOD 1058 debe realizarse en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara. En concreto:
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio municipal en Plaza Mayor núm 1, planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949887070
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro ubicada en el edificio del Centro Municipal Integrado (CMI), en Avenida del Vado núm 15 planta baja de Guadalajara. Atención telefónica 949010333
Horario: de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas
Para la asistencia presencial siempre se deberá acudir con cita previa - Recuerde que deberá presentar los documentos requeridos.
- También podrá presentar esta solicitud en las oficinas o registros contemplados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tramitación electrónica
- Cumplimente esta solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara.
- Recuerde, para llevar a cabo esta tramitación electrónica necesita identificarse mediante su DNI electrónico u otro clase de certificado digital.
- Adjunte a su solicitud electrónica los documentos requeridos y el justificante de haber pagado la autoliquidación de la tasa.
Condiciones
Las personas que soliciten el permiso tienen que ser mayores de 14 años. En ningún caso podrán tener ni usar armas las personas cuyas condiciones psíquicas o físicas les impidan su utilización.
Informacíón complementaria
La validez de las tarjetas de armas concedidas por los alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes queda limitada a los respectivos términos municipales.
Normas de referencia
- Ordenanza municipal reguladora de la tasa por expedición de documentos (modificada en 2014).
- Real Decreto 137/1993 de 29 Enero 1993. BOE núm. 55 de 5 marzo 1993.
- Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball. BOE núm. 5, de 5 de enero de 2013.
Otros enlaces
Contacto
Policía Local
Avenida del Vado 17
19005
policialocal@aytoguadalajara.es
092 - 949 247 072
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